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El tribunal considera que el Plan General ha previsto una nueva transformación del sector con el objeto de revitalizarlo
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La resolución toma en cuenta informes técnicos no aportados en un caso anterior en el que el tribunal sentenció en el sentido opuesto
- HÉCTOR BARBOTTA
- El proyecto para trasladar el polígono de La Ermita al norte de la ciudad, la mayor operación urbanística de la historia de Marbella y la de mayor volumen planteada actualmente en Andalucía, ha obtenido una contundente victoria judicial. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado una sentencia en la que rechaza un recurso presentado por un propietario de naves en el polígono contra la revisión del Plan General. Esta resolución judicial se produce un mes después de que el propio TSJA dictara una sentencia en sentido contrario que anulaba las determinaciones previstas en las fichas urbanísticas en las que se fundamenta el traslado. Ambas sentencias, notificadas con un mes de diferencia, fueron firmadas por el mismo tribunal, compuesto por un presidente y nueve magistrados, aunque en cada caso las resoluciones han tenido ponentes distintos.
- La primera, de cinco páginas, se basó en un informe pericial presentado por los demandantes -también propietarios de nave-, sin que ninguna de las dos instituciones demandadas -la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Marbella- opusieran documentación alguna. En este segundo proceso, tanto la administración autonómica como la municipal presentaron sendos informes técnicos en los que se concluye la viabilidad y la conveniencia del traslado. El resultado ha sido una sentencia de cinco páginas en la que el tribunal avala operación.
- En esta nueva sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de Málaga del TSJA el 23 de febrero, notificada a las partes el 5 de marzo y a la que ha tenido acceso este periódico, sostiene que no se aprecia que existan elementos para tildar de «arbitraria o injustificada» una decisión de ordenación porque el propio plan prevé mecanismos de compensación para los propietarios afectados.El tribunal señala la necesidad de dotar de ordenación «a una ciudad entera ante la indisciplina urbanística generalizada» y caracterizada por la extensión de conflictos institucionales y legales producidos durante años. En ese sentido, destcada también que la administración dispone de un amplio margen de discrecionalidad en el ejercicio de sus competencias en materia de ordenación del territorio y urbanística.En el texto, que avala la operación de traslado del polígono, dice que no todo éste fue desarrollado legalmente, aunque señala que el aspecto fundamental «es que el nuevo Plan ha previsto una profunda transformación del ámbito con objeto de revitarlizarlo», y atribuir una nueva funcionalidad a un área de la ciudad que, como La Ermita, presenta «inequívocos síntomas de precariedad y marginalidad».
Sin servicios urbanísticos
El tribunal, que hace suyos algunos de los argumentos de la Junta, incide en el estado del polígono, que se trata de un sector que precisa de «transformación, rehabilitación y reciclaje, que se ha desarrollado en parte con infracciones urbanísticas y que no dispone de servicios urbanísticos adecuados para servir a la edificación que exista o que se haya de construir».
En ese sentido, el informe presentado por los técnicos de la Consejería señalaban que el polígono se alza en una localización preferencial íntimamente vinculada «a la principal actuación en la que se sustenta la estrategia de movilidad sostenible planteada para Marbella y la Costa del Sol, el corredor ferroviario», y que de igual modo se pretende la mejora ambiental del frente litoral de la ciudad, incompatible con la existencia de un polígono industrial en primera línea de playa, zona para la que se pretenden recuperar los usos públicos.
Por su parte, el informe presentado por el Ayuntamiento rechaza uno de los argumentos presentados por los demandantes, que fue tenido en cuenta por el TSJA en la sentencia dictada en febrero y ahora no, y que señalaba que la relocalización del polígono es físicamente imposible. Según los técnicos municipales, hasta tanto no se apruebe el plan de sectorización no es posible asegurar esa información.
Explican en ese sentido que la localización de la Serranía ha sido señalada como destino preferente, pero no exclusivo, para el realojo de las actividades industriales que no puedan permanecer en la zona de La Ermita por los nuevos usos que se le darán a esta. Y señalan también que aún es prematuro adelantar cuáles serán las actividades que no podrán seguir en el polígono, ya que ello vendrá señalado en un plan especial que todavía no ha sido redactado.
- Diario SUR