
H. BARBOTTA | MARBELLA.
Uno de los principales campos en los que el Ayuntamiento planteará la batalla judicial para poder continuar con el proyecto es el cuestionamiento al informe de parte en el que se basa la sentencia.
Según fuentes de Urbanismo, el argumento del cómputo de superficies que figura en ese estudio es muy básico en lo que a la materia urbanística se refiere, ya que no ha tenido en cuenta conceptos más elevados como edificabilidades, aprovechamientos, derechos, equidistribución o valoración de equivalencias.
Según estas fuentes, la documental-pericial aportada por el demandante ha estimado una superficie edificable en la Serranía, descontando aquellos suelos con pendientes superiores al 35%, el cauce del arroyo y la zona de protección de arbolado determinada por el PGOU. En estas superficies están contemplando acumulativamente zonas no edificables, por lo que el resultado es mayor. Existen zonas de arbolado y del dominio público hidráulico del cauce que tienen pendientes superiores al 35%, por tanto ya incluidas en este primer grupo, pero se vuelven a sumar después.
Asimismo, según estas fuentes, las valoraciones realizadas no han seguido la metodología apropiada, por lo que el resultado no se podría considerar válido.
En cuanto a la necesidad de realojo, el informe pericial hace una estimación, según estas fuentes, poco fundada, ya que se limita a decir sin base de estudio, que aproximadamente el 75% de los establecimientos actuales resultarían incompatibles dentro de los usos previstos en la Ermita, con lo cual necesitarían trasladarse a la Serranía. Ese porcentaje, que no figura en ningún documento, se aplica sobre la superficie bruta del suelo determinada por el PGOU para el sector de la Ermita sin tener en cuenta que el ámbito señalado por el PGOU incluye calles, zonas comunes, zonas verdes, equipamientos o suelos vacantes.